2° Tribunal Ambiental da la razón a Oceana y concluye que Ministerio de Economía aumentó cuota de merluza austral ilegalmente - Oceana Chile

2° Tribunal Ambiental da la razón a Oceana y concluye que Ministerio de Economía aumentó cuota de merluza austral ilegalmente

mayo 17, 2021

  • En un fallo inédito, se invalidó el decreto que incrementó la cuota de la pesquería pasando por alto la recomendación del Comité Científico Técnico  
  • Esta es la primera vez que esta instancia judicial resuelve sobre materia pesquera

Santiago, 17 de mayo, 2021. En una sentencia que marcará un precedente, el 2° Tribunal Ambiental de Santiago (2TA) estableció que el incremento de la cuota global de pesca de merluza austral para 2019 realizada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), por medio del del Ministerio de Economía, fue ilegal. La sentencia se da luego de la reclamación realizada por Oceana tras la negativa del ministerio de invalidar el incremento de la cuota de captura de esta pesquería.

“Esta sentencia es un importante antecedente para el futuro, ya que refuerza la idea de que las cuotas pesqueras deben seguir las recomendaciones de los comités científicos, sobre la base de información que permita garantizar la sustentabilidad de los recursos hidrobiológicos y no la de los interesados”, afirmó César Astete, Director de la Campaña de Pesquerías de Oceana Chile. “En el caso de la merluza austral, estamos hablando de un recurso que se encuentra en sobreexplotación desde 2013”, añadió.

La sentencia señala que “la modificación de la cuota global de pesca de merluza del sur para el año 2019 (…), así como el cambio del nivel de riesgo de la estrategia extractiva del Plan de Manejo de la merluza del sur (…), son ilegales por falta de debida fundamentación al no indicar razón o motivo alguno para dicho cambio”, agregando que “a la luz de lo expuesto, resulta contrario al principio precautorio, con la salvaguarda de los ecosistemas marinos y con el objetivo de conservación y uso sustentable de los recursos hidrobiológicos en la forma señalada por la Ley de Pesca”.

Desde la ONG indican que “el fallo refrenda lo que sostuvo desde un principio el Comité Científico Técnico, y que como Oceana suscribimos, ya que no había fundamento para subir el nivel de riesgo y en consecuencia el aumento de la cuota, en una especie que tiene sobrepesca y signos de agotamiento”, señaló Astete.

El tribunal también señaló que tiene competencia en materias asociadas a planes de manejo pesquero, pues estos sí se consideran como instrumentos de gestión ambiental. “La confirmación de que los planes de manejo constituyen instrumentos de gestión ambiental y respecto de los cuales los Tribunales Ambientales tienen competencia, sin duda es un hito” señaló Javiera Calisto, Directora Legal de Oceana, agregando que “esto a su vez permitirá requerir a estos tribunales su revisión en el establecimiento de las cuotas de otras pesquerías”.

Recordemos que en mayo de 2020, Oceana presentó una reclamación ante el 2TA en la que denunció que el aumento en la cuota obedeció a una modificación en el nivel de riesgo utilizado, a solicitud del Comité de Manejo, organismo que integran los interesados en la pesquería y que resultó en el cambio del decreto, reemplazando las 14.800 toneladas recomendadas por el Comité Científico por 19.537 toneladas. Meses antes, el Ministerio de Economía había desestimado la solicitud de la organización de conservación marina de invalidar el decreto.