Primera solicitud de acceso a información bajo nueva ley recae sobre medioambiente marino - Oceana Chile
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Primera solicitud de acceso a información bajo nueva ley recae sobre medioambiente marino

marzo 6, 2011

Invocando la Ley sobre Acceso a la Información Pública que entra en vigencia hoy en nuestro país, la organización internacional de conservación marina OCEANA solicitó esta mañana a la Subsecretaría de Pesca información relativa a la pesca de arrastre, y a la magnitud y distribución de la flota arrastrera en Chile. 

En una carta dirigida a Jorge Chocair, Subsecretario de Pesca, la organización medioambiental fundó su solicitud en la nueva Ley N°20.285 sobre Acceso a Información Pública, promulgada en agosto de 2008 como parte de la Agenda de Probidad de la Presidenta Bachelet. Esta Ley regula el principio de transparencia de la función pública y el derecho que le cabe a todas las personas a acceder a la información de los órganos de Administración del Estado.  Asimismo, define y regula los procedimientos para el ejercicio y el amparo del derecho de acceso a la información. 

“Existe una asentada cultura del secretismo respecto de la información ambiental, particularmente aquella relativa a los recursos marinos.  La información que solicitamos hoy respecto de la pesca de arrastre en Chile la pedimos reiteradamente el año pasado sin tener respuesta alguna por parte del Subsecretario de Pesca.  Esperamos que bajo la nueva ley se reconozca debidamente nuestro derecho a acceder a dicha información pública ya que es fundamental para hacer un buen escrutinio de la administración de los recursos pesqueros chilenos”, señaló Alex Muñoz, director ejecutivo de OCEANA. 

Según estipula la Ley, una vez ingresada una solicitud de acceso, la autoridad requerida dispone de 20 días hábiles desde la recepción de la solicitud para resolver si entrega la información solicitada o bien si se niega a ello mediante comunicación fundada al solicitante. De no haber una respuesta, ya sea entregando la información o negándose a ello dentro del plazo previsto y aludiendo a alguna de las causales que contempla la ley, el recientemente creado Consejo para la Transparencia podrá sancionar a la autoridad o funcionario con multa de 20% a 50% de su remuneración mensual.  Si la infracción a la ley es reiterada, se le duplicará la sanción y se le suspenderá del cargo  por cinco días. 

Cabe destacar que la pesca de arrastre es considerada una de las actividades humanas que más daños causa al medioambiente a nivel mundial pues, tanto en su modalidad de arrastre de fondo como de media agua, produce graves impactos en los hábitats y ecosistemas marinos. 

TRANSPARENCIA ACTIVA 
El Gobierno ha destacado que uno de los principales ejes de esta Ley es la Transparencia Activa, que se refiere a toda la información que los servicios y organismos públicos deberán mantener publicada en forma permanente en sus respectivos sitios web, a la que se podrá acceder a través del banner Gobierno Transparente.  Sin embargo, la página de internet de la Subsecretaría de Pesca exhibe hoy en dicha sección un vistoso cartel “PÁGINA EN MANTENCIÓN”, sin contener ninguna de las informaciones que de acuerdo a la ley nueva está obligada a colocar de propia iniciativa. 

Nota al Editor: 
La información que OCEANA solicitó a la Subsecretaría de Pesca contempla:
• Actos administrativos de la Subsecretaría de Pesca mediante los cuáles se otorgaron cuotas de pesca a armadores que hacen uso de artes de pesca de arrastre, durante los años 2006, 2007, 2008 y 2009, respectivamente. 

• Distribución regional de la flota arrastrera perteneciente a los armadores que se adjudicaron dichas cuotas.

• Número de embarcaciones de la flota arrastrera perteneciente a los armadores que se adjudicaron dichas cuotas.

• Número de trabajadores empleados por los armadores dueños de la flota arrastrera que fue utilizada para capturar las especies individualizadas en las cuotas otorgadas.

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