Superintendencia del Medio Ambiente resuelve no caducar permiso a puerto Cruz Grande en La Higuera y Oceana anuncia que impugnará la decisión
septiembre 8, 2020
- La autoridad ambiental desestimó dejar sin efecto el permiso otorgado al proyecto de CAP
- La ONG denunció que la empresa no inició la ejecución del proyecto dentro del plazo estipulado en la normativa
Santiago, 8 de septiembre, 2020. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió no caducar el permiso ambiental del proyecto Puerto Cruz Grande, que pretende ubicarse en la comuna de La Higuera, desechando la solicitud de la organización de conservación marina Oceana que advirtió que la empresa no inició la ejecución del proyecto dentro de cinco años, plazo que expiró el 2 de febrero de 2020.
“Es lamentable la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente, puesto que efectúa un análisis poco acucioso del caso, en el que prácticamente no se hace referencia a los antecedentes fácticos y jurídicos proporcionados por Oceana”, señaló Javiera Calisto, abogada de la organización. “Bajo los estándares aplicados por la Superintendencia, prácticamente se anula la figura de la caducidad, ya que cualquier hecho irrelevante es considerado como suficiente para dar inicio a la ejecución del proyecto, cuestión que es contrario a la norma y al propósito del legislador”, añadió.
El pronunciamiento de la SMA se produjo luego de que Oceana solicitara dejar sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que autorizó la construcción del puerto el 30 de enero de 2015. Desde entonces, el titular, CAP Minería, no realizó las “gestiones, actos y obras de modo sistemático, ininterrumpido y permanente destinado al desarrollo de la etapa de construcción del proyecto”, tal como lo establece el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
En febrero de 2020, la SMA solicitó a CAP que le informara, entre otras cosas, las solicitudes de permisos realizadas entre el 2 de febrero de 2015 y el 2 de febrero de 2020. En respuesta, la empresa presentó tramitaciones iniciadas a fines de enero de 2020, pocos días antes que caducara el permiso ambiental.
“Existen contradicciones en la resolución, por una parte se afirma que CAP no ha ejecutado tronaduras pero por otra, se indica que la empresa inició la fase de construcción del proyecto donde se mencionan las tronaduras y excavaciones como faenas realizadas”, afirmó Calisto. “Por otro lado, consta que la empresa presentó permisos obtenidos en abril de 2020, es decir, fuera de plazo, pero la Superintendencia los reconoce como una continuidad de las gestiones, actos y obras iniciadas dentro de los cinco años”, planteó la abogada.
Desde Oceana agregaron que la caducidad fue solicitada para poner de manifiesto la necesidad de que los proyectos aprobados se ejecuten en condiciones similares a aquellas que se tuvieron a la vista durante la evaluación ambiental, lo cual en Cruz Grande no ocurrió considerando que pasaron más de cinco años.
“Vamos a impugnar esta resolución ante el Tribunal Ambiental porque creemos que hay antecedentes suficientes que nos dan la razón”, sentenció Calisto.
Recordemos que Cruz Grande se emplazaría a solo cinco kilómetros de donde pretende instalarse el proyecto minero portuario Dominga de Andes Iron, el cual se encuentra actualmente rechazado. Ambos puertos pretenden su construcción en medio del Archipiélago de Humboldt, una zona reconocida internacionalmente por su rica biodiversidad, en donde transitan y se reproducen ballenas y delfines, además de ser hogar de la población de pingüinos de Humboldt más grande del mundo, razón por la cual los proyectos han sido ampliamente cuestionados por la comunidad científica, desde donde se ha señalado que Cruz Grande es un riesgo para la conservación marina del país y una amenaza latente para uno de los ecosistemas marinos más importantes de toda la corriente de Humboldt. Por otra parte, y tal como ocurrió con minera Dominga, el puerto de CAP no presentó información básica que permitiera evaluar los impactos que tendrían las embarcaciones en esta zona.